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APROBADA LA LEY DE APORTACIONES 22-26: "COLUMNA VERTEBRAL HACENDÍSTICA DE EUSKADI, HEREDERA DIRECTA DEL ESTATUTO, DE LA LTH Y DEL CONCIERTO ECONÓMICO", SEGÚN EL CONSEJERO DE ECONOMÍA Y HACIENDA, PEDRO AZPIAZU
martes, 15 de marzo de 2022

El Gobierno Vasco y las tres Diputaciones Forales alcanzaron el 9 de julio de 2021, un preacuerdo para renovar la metodología de distribución de recursos y de determinación de las Aportaciones de las Diputaciones Forales a la financiación de los presupuestos de la Comunidad Autónoma del País Vasco aplicable al periodo 2022-2026. Con objeto de proceder a su preceptiva tramitación, el 15 de julio fue convocado un Consejo Vasco de Finanzas Públicas extraordinario. El correspondiente proyecto de ley, aprobado por el Gobierno Vasco, fue remitido para su aprobación al parlamento vasco y convertido en la Ley 4/2021, de 7 de octubre, de metodología de distribución de recursos y de determinación de las aportaciones de las diputaciones forales a la financiación de los presupuestos de la Comunidad Autónoma del País Vasco aplicable al periodo 2022-2026.

Los presupuestos para el ejercicio 2022 de las distintas instituciones se han elaborado aplicando la metodología aprobada en la nueva Ley, que recoge las reivindicaciones que las distintas instituciones han venido reclamando durante la vigencia de la actual metodología y, sobre todo, pone en valor la incorporación de los preceptos que se derivan de la Ley de Instituciones Locales de Euskadi (LILE), con un capítulo especialmente dedicado a la financiación municipal.

Las principales claves son las siguientes:

  • Coeficiente vertical:

El coeficiente vertical se incrementa del 70,04% al 70,81% fundamentalmente por la integración de los nuevos traspasos asumidos por el Gobierno Vasco en los últimos años. Dicho coeficiente atiende al reparto competencial de los distintos niveles institucionales y además, refleja la integración de la cuantía correspondiente al Fondo de Servicios Sociales en el modelo de distribución vertical que se amplía hasta los 35M/€, desde los 20M/€ actuales.

  • Coeficientes horizontales:

Se mantiene, en sus mismos términos, la metodología para el cálculo de los coeficientes horizontales de aportación.

  • Fondo General de Ajuste:

Se mantiene el objetivo de asegurar que el peso relativo de la recaudación de cada Diputación Foral alcance el 99% de su coeficiente horizontal. El límite máximo del Fondo General de Ajuste aumenta hasta el 1,45% de los recursos a distribuir entre las instituciones vascas, frente al 1% fijado por la Ley de aportaciones vigente. El incremento en la cuantía máxima del Fondo General de Ajuste aumenta las garantías para los Territorios Históricos.

  • Porcentaje mínimo de participación de las entidades locales en los tributos concertados:

Se establece en un 39,23% el porcentaje mínimo de participación de las entidades locales en los tributos concertados. Así, entidades locales de los tres Territorios Históricos consolidarán un porcentaje de participación en los tributos concertados superior al vigente en la Ley 2/2007.