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Actualidad

PUBLICADAS LAS LEYES DE MODIFICACIÓN DEL CONCIERTO ECONÓMICO Y DEL CUPO PARA EL QUINQUENIO 2022-2026
martes, 4 de abril de 2023

En el Boletín Oficial del Estado de 4 de abril se han publicado las leyes de modificación del Concierto Económico (Ley 9/2023, de 3 de abril) y de aprobación de la metodología de cupo a pagar al Estado aplicable al período 2022 a 2026 (Ley 10/2023, de 3 de abril).

La primera incorpora los acuerdos alcanzados en sendas reuniones de la Comisión Mixta del Concierto Económico de 17 de noviembre y 27 de diciembre de 2023, adaptando al Concierto Económico los nuevos impuestos aprobados en el marco del sistema tributario estatal, el Impuesto especial sobre los Envases de Plástico no Reutilizables  y el Impuesto sobre el Depósito de Residuos en Vertederos, la Incineración y la Coincineración de Residuos), así como actualizando el punto de conexión aplicable al Impuesto sobre los Gases Fluorados de Efecto Invernadero. Además se adecúan los mecanismos del ajuste aplicables en el Impuesto sobre el Valor Añadido,  en el Impuesto sobre los Gases Fluorados de Efecto Invernadero y en el Impuesto especial sobre los Envases de Plástico no Reutilizable. También se ha concertado también la nueva figura tributaria, complementaria del Impuesto sobre el Patrimonio, el Impuesto Temporal de Solidaridad de las Grandes Fortunas, con remisión a los puntos de conexión ya establecidos para este último impuesto.

La segunda, la Ley 10/2023, de 3 de abril, ha procedido a determinar la metodología de señalamiento del cupo que ha de aplicarse durante el quinquenio 2022-2026 y a fijar el cupo líquido provisional del año 2022, año base del quinquenio. Aunque la metodología aprobada es marcadamente continuista con la contenida en el quinquenio anterior, se introducen algunas novedades en relación con la adecuación de la metodología del ajuste a consumo del IVA, la del Impuesto especial sobre los Envases de Plástico no Reutilizables y la del Impuesto sobre los Gases Fluorados de Efecto Invernadero, determinando  los criterios y parámetros de aplicación de los ajustes a consumo de dichos impuestos mediante la concreción de sus índices de consumo y de recaudación, la fijación de las reglas para su cálculo y el establecimiento del procedimiento para su liquidación y abono al País Vasco.