EL Tribunal de Justicia de la Unión Europea procedió a la lectura ayer día 28 de julio de sus sentencias por las que desestima los recursos de casación presentados por las Diputaciones Forales contra las del Tribunal de Primera Instancia de 9 de septiembre de 2009 que confirmaron la legalidad de las Decisiones adoptadas en su día por la Comisión Europea calificando las medidas en cuestión (crédito fiscal del 45% de determinadas inversiones y reducción en la base imponible para empresas de nueva creación) de ayudas de estado incompatibles con el mercado común.
Con dichas sentencias se pone punto final a un largo debate sobre la legalidad de dichas ayudas iniciado en la década de los 90 del siglo pasado y se confirma la necesidad de proceder a la recuperación de las mismas, cuestión sobre la que las Diputaciones se han pronunciado reiteradamente confirmando que ya se ha realizado dicha recuperación mientras que la Comisión Europea entiende lo contrario y ha iniciado otro procedimiento ante el Tribunal de Justicia para forzar a las Diputaciones, bajo la amenaza de la imposición de multas millonarias, a exigir de las empresas beneficiarias de las ayudas el total importe recibido junto con sus intereses de demora.
Sentencia del TJUE sobre el crédito del 45%