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Actualidad

Continúan las sentencias sobre las Normas Forales Generales Tributarias
miércoles, 18 de febrero de 2015

El Tribunal Supremo ha confirmado en sentencias dictadas el 2 y el 23 de octubre de 2014 las dictadas en primera instancia por el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco relativas a la naturaleza de procedimiento administrativo común de las disposiciones de la Ley General Tributaria. En la primera de ellas rechaza la vulneración de dicho procedimiento y por ello de las normas de armonización del Concierto, por parte de la Norma Foral General Tributaria de Gipuzkoa que preveía un régimen más favorable para los interesados que el previsto en la LGT en relación con plazo de duración del procedimiento para la declaración de responsabilidad. En la segunda, sin embargo, entiende vulnerada la norma de armonización del artículo 3 del Concierto al entender que la previsión de la norma del IRPF de Gipuzkoa subvierte el concepto de estimación objetiva contenido en la LGT.

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