El Tribunal Constitucional, en su sentencia de 2 de noviembre de 2015, declara vulnerado el derecho fundamental a la tutela judicial efectiva, consagrado en el artículo 24 de la Constitución, por una sentencia del Tribunal de Superior de Justicia del País Vasco de 19 de junio de 2012, en la que el órgano judicial rechazó el planteamiento de una cuestión de inconstitucionalidad sobre la Norma Foral 14/1991, del Territorio Histórico de Gipuzkoa que imponía en dicho territorio la obligación de contribuir por el Impuesto sobre Patrimonio cuando dicho tributo había sido suprimido en el resto del Estado. El Alto Tribunal argumenta que el tribunal de instancia incurrió en un defecto de motivación, con infracción de dicho derecho fundamental, al negar el planteamiento de la cuestión de inconstitucionalidad en aplicación de las disposiciones contenidas en la Disposición Adicional 5ª de la Ley Orgánica 2/1979, en la redacción aprobada por la Ley Orgánica 1/2010. Como es sabido, el análisis de la constitucionalidad los preceptos de la ley orgánica que consagró el llamado «blindaje» de las normas forales se encuentra pendiente tras el recurso formulado por diversas Comunidades Autónomas.
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El Tribunal Constitucional declara vulnerado el derecho a la tutela judicial efectiva por una sentencia del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco.
martes, 26 de enero de 2016