El Tribunal Supremo, en su sentencia de de 26 de enero de 2012, ha declarado la nulidad del precepto de la Norma Foral General Tributaria de Gipuzkoa que calificaba como potestativa la reclamación económico-administrativa en los supuestos de cuantía superior a 18.000 euros. El Alto Tribunal entiende vulneradas de forma directa las competencias estatales exclusivas para regular materias como el procedimiento administrativo común y la normativa procesal, asignando a la Ley General Tributaria una función reguladora de todas las Administraciones tributarias.
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En opinión del Tribunal Supremo la Ley General Tributaria es una norma de procedimiento administrativo común
domingo, 20 de mayo de 2012