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EL Anuario Fiscal para Abogados, de la editorial LA LEY, incluye en su edición de 2013 un trabajo del socio de Deloitte, D. Pablo Sanz Gutierrez, en el que analiza la última evolución jurisprudencial en torno al concepto de ayuda de estado y su aplicación a las normas tributarias vascas así como el iter procesal para recurrirlas, contenida en la sentencia del TSJPV de 29 de junio de 2012.
En el último número de Forum Fiscal de Bizkaia, Iñaki Alonso Arce comenta la sentencia dictada por el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco en la que se discutía la adecuación a derecho de la ejecución complementaria de la recuperación de ayudas estatales realizada de forma cautelar a fin de evitar la imposición de las millonarias multas solicitadas por la Comisión Europea al Tribunal de Luxemburgo.
La Universidad del País Vasco UPV/EHU organiza los próximos 15 y 16 de octubre, en el Centro Carlos Santamaría del Campus de Gipuzkoa, unas jornadas en la que reputados especialistas debatirán sobre las relaciones entre el Concierto Económico y el ordenamiento jurídico comunitario, tanto desde el punto de vista del ejercicio de la capacidad normativa, como de la praxis en la aplicación de los tributos y la participación de las autoridades vascas en los grupos de trabajo del ECOFIN.
El Tribunal de Justicia de la UE en Luxemburgo celebró el pasado martes, 10 de septiembre, la vista oral sobre la demanda de la Comisión Europea contra el Reino de España por la recuperación por las Diputaciones forales de las ayudas vinculadas a los incentivos fiscales que fueron declaradas ilegales (crédito fiscal del 45% y vacaciones fiscales).
En la vista oral, se plantearon las diferencias que se mantienen entre las partes y el Tribunal deberá decidir qué criterios son los correctos desde el punto de vista de la recuperación de ayudas de Estado, puesto que, al no existir jurisprudencia al respecto, será la primera vez que determine cómo debe aplicarse la regla de «minimis» en un proceso de recuperación y cómo se entiende el efecto incentivador en el caso de ayudas fiscales.
La Comisión reconoció que las Diputaciones habían procedido a la recuperación íntegra de las ayudas y estimó que no hay lugar a la multa coercitiva de 230.000 euros que pedía la propia Comisión, aunque mantuvo la necesidad de imponer una multa «ejemplarizante» ante la circunstancia de que el Reino de España es el segundo de los estados de la UE más incumplidor en materia de recuperación de ayudas.
La sentencia definitiva no se espera antes de la próxima primavera.
El Consejo de Ministros, en su reunión de 31 de mayo, ha acordado interponer recurso de inconstitucionalidad contra el Decreto Foral Normativo 2/2013, de 26 de febrero, por el que se determina la aplicación de nuevos impuestos en el Territorio Histórico de Bizkaia. En concreto en dicha disposición se determinaba la aplicación en Bizkaia de las últimas figuras tributarias creadas por el Estado en el ámbito del territorio de régimen común: el Impuesto sobre actividades de juego, y el impuesto sobre los depósitos en las entidades de crédito y los tres de carácter energético: sobre la producción de energía eléctrica, sobre la producción de combustible nuclear gastado y residuos radiactivos resultantes de la generación de energía nucleoeléctrica, y sobre el almacenamiento de combustible nuclear gastado y residuos radiactivos en instalaciones centralizadas.
El recurso supone la primera ocasión en la que se da aplicación a la reforma introducida en la normativa del Tribunal Constitucional operada por la Ley Orgánica 2/2010, de 19 de febrero, conocida como «blindaje del Concierto», en virtud de la cual la impugnación de las Normas Forales tributarias pasaba a la jurisdicción del Tribunal Constitucional en perjuicio de la ordinaria. Como es sabido, dicha Ley Orgánica se encuentra pendiente de análisis por el propio Tribunal, a la vista de los recursos presentados por las Comunidades Autónomas de La Rioja y de Castilla-León.